En un par de semanas debía presentar una demanda de Amparo, con origen en un tema penal complicado. Y, francamente, como nunca he llevado nada al Constitucional, pues me hacía cierta ilusión el reto... pero va a ser que no. Me explico:
Me "emocioné" al dar con la Sede Electrónica del Tribunal Constitucional, y su pestaña para envío de demandas de Amparo. Comprobé que duncionaba bien con la tarjeta FNMT y el certificado Ceres y que podía, además, consultar, en otra pestaña, los avatares de la susoddicha demanda, simplemente con insertar un código y referencia que me asignaría en el envío el propio Tribunal.
Pero, como siempre tengo un "pero", me cabía la duda de las notificaciones y requerimientos que debieran hacerme tras la presentación, puesto que yo no resido en Madrid y, por mucho que nos lo llevan prometiendo desde el mes de Enero, Lexnet no ha llegado aún al Constitucional.
Así que me colgué del teléfono y ... pasé una hora haciendo llamadas a diestro y siniestro:
1º.- Al Tribunal Supremo: Necesitaba cerciorarme de que cuando solicitase Testimonio de la Sentencia dictada en Casación, podría recogerla, de alguna manera, sin tener que acudir "in person" a Madrid. Y no: en la Secretaría correspondiente me advirtieron que no me expedirían Testimonio a menos que me lo requiriese previamente el Constitrucional (cosa que, al parecer, tampoco suele hacer con frecuencia, pues parece bastar con los datos del recurso y copia de la resolución dicatada en la Casación).
De todas formas, si el Consitucional me requierese el Testimonio de la Sentencia casacional (menudo "palabro"), el Supremo me la expediría sin problema, PEEEEROOOOOOO .... debería recogerla en su sede. Conclusión: necesitaría un@ compañer@ Procurador@ en Madrid que me efectuase esa diligencia de recogida.
2º.- Me pongo al habla con el Constitucional, al objeto de confirmar el modo y manera en que me pueden llegar las notificaciones del Amparo que pretendo. Y no. Porque El Constitucional remite las notificaciones vía Colegio de Procuradores de Madrid.
3º.- Llamo al Colegio de Procuradores de Madrid, a ver si tengo alguna posibilidad de poder trabajar en el Constitucional. Tampoco.
El Colegio sólo puede avisarme cuando llegue la primera notifricación del Constitucional, pero tendría que ser un compañero de Madrid quien las recogiese y luego me las pasase a mí.
En conclusión: Que no puedo trabajar ante el Tribunal Constitucional, porque no vivo en Madrid, y porque dicho Tribunal todavía no se ha incorporado a Lexnet, y porque por mucho que envíe mi demanda de Amparo a través de la Sede Electrónica, me quedo a dos velas, porque puedo "consUltar", pero no recibir notificaciones al respecto. O sea, que para mí, Procuradora en Asturias, la Sede Electrónica es papel mojado.
No puedo partirme en dos mitades, para dejar a una de ellas trabajando en Asturias y la otra en Madrid. Lástima, y en resumen: Que hemos encargado el Amparo a un Despacho de Madrid.
¿Hablamos ahora sobre Monopolios, normas de Competencia y demás zarandajas, cuando los Organismos Centrales no me dejan trabajar, estando habilitada para ejercer en todos los partidos judiciales habidos y por haber ... y sólo porque no vivo en Madrid?
Me "emocioné" al dar con la Sede Electrónica del Tribunal Constitucional, y su pestaña para envío de demandas de Amparo. Comprobé que duncionaba bien con la tarjeta FNMT y el certificado Ceres y que podía, además, consultar, en otra pestaña, los avatares de la susoddicha demanda, simplemente con insertar un código y referencia que me asignaría en el envío el propio Tribunal.
Pero, como siempre tengo un "pero", me cabía la duda de las notificaciones y requerimientos que debieran hacerme tras la presentación, puesto que yo no resido en Madrid y, por mucho que nos lo llevan prometiendo desde el mes de Enero, Lexnet no ha llegado aún al Constitucional.
Así que me colgué del teléfono y ... pasé una hora haciendo llamadas a diestro y siniestro:
1º.- Al Tribunal Supremo: Necesitaba cerciorarme de que cuando solicitase Testimonio de la Sentencia dictada en Casación, podría recogerla, de alguna manera, sin tener que acudir "in person" a Madrid. Y no: en la Secretaría correspondiente me advirtieron que no me expedirían Testimonio a menos que me lo requiriese previamente el Constitrucional (cosa que, al parecer, tampoco suele hacer con frecuencia, pues parece bastar con los datos del recurso y copia de la resolución dicatada en la Casación).
De todas formas, si el Consitucional me requierese el Testimonio de la Sentencia casacional (menudo "palabro"), el Supremo me la expediría sin problema, PEEEEROOOOOOO .... debería recogerla en su sede. Conclusión: necesitaría un@ compañer@ Procurador@ en Madrid que me efectuase esa diligencia de recogida.
2º.- Me pongo al habla con el Constitucional, al objeto de confirmar el modo y manera en que me pueden llegar las notificaciones del Amparo que pretendo. Y no. Porque El Constitucional remite las notificaciones vía Colegio de Procuradores de Madrid.
3º.- Llamo al Colegio de Procuradores de Madrid, a ver si tengo alguna posibilidad de poder trabajar en el Constitucional. Tampoco.
El Colegio sólo puede avisarme cuando llegue la primera notifricación del Constitucional, pero tendría que ser un compañero de Madrid quien las recogiese y luego me las pasase a mí.
En conclusión: Que no puedo trabajar ante el Tribunal Constitucional, porque no vivo en Madrid, y porque dicho Tribunal todavía no se ha incorporado a Lexnet, y porque por mucho que envíe mi demanda de Amparo a través de la Sede Electrónica, me quedo a dos velas, porque puedo "consUltar", pero no recibir notificaciones al respecto. O sea, que para mí, Procuradora en Asturias, la Sede Electrónica es papel mojado.
No puedo partirme en dos mitades, para dejar a una de ellas trabajando en Asturias y la otra en Madrid. Lástima, y en resumen: Que hemos encargado el Amparo a un Despacho de Madrid.
¿Hablamos ahora sobre Monopolios, normas de Competencia y demás zarandajas, cuando los Organismos Centrales no me dejan trabajar, estando habilitada para ejercer en todos los partidos judiciales habidos y por haber ... y sólo porque no vivo en Madrid?
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