a solicitud de Minuta en Audiencias Previas y Vistas, no era muy frecuente "antaño". Y si te la pedían y no la llevabas, no pasaba nada ... sobre todo cuando, en Vistas "civiles", la prueba propuesta se ceñía en exclusiva a la reproducción de la documental aportada: Para mangas tan cortas, no hacían falta faroles.
Pero las cosas han cambiado desde el "aluvión" de demandas de cláusula suelo, gastos de constitución de hipoteca, tipos y demás. Es lógico que los Juzgados especializados se vean desbordados; y la Minuta no sólo ayuda al Juzgador en su labor, sino que nos ayuda a los profesionales a hacer llegar a aquél, con la mayor precisión, lo que pedimos, cómo y porqué, y los medios que vamos a usar para hacer llegar a esa convicción, y no a la del contrario.
A veces solemos pensar que con una demanda estupendísimamente redactada, subrayada, "iluminada" y destacada en las partes que más nos importan "salten a la vista", queda todo el trabajo realizado. Bueno. y la prueba, claro (porque sin prueba, da lo mismo que nuestra elocuencia sea digna de Cicerón). Y podemos quedarnos cortos, muy cortos.
Porque, amén de que las Minutas están siendo solicitadas en todos los órdenes jurisdiccionales, lo cierto es que resultan de gran ayuda al Juzgador cuando el tema y su prueba resultan tan omplicados que nuestra demanda puede verse desde fuera como un auténtico galimatías.
Por tanto:
1.- Es conveniente llevar Minuta y aportar copias en Audencia Previa: De esta manera queda clara para el Juzgador y las partes la prueba que se propone y su justificación.
Un apunte: No se suele declarar pertinente la prueba testifical de de personas sin identificar "porque se desconocen sus datos". No así, sin más, porque siempre podemos solicitar que la persona en cuestión sea identificada por la parte contraria, si es que tiene o ha tenido relación con ella. Por ejemplo: empleados de Banca que en su día tramitaron un concreto préstamo hipotecario.
2.- Aquí, en Oviedo, en Ordinarios relativos a clásuula suelo, te van a exigir Minuta de prueba. Si no la llevas, se te exigirá que la presentes dentro de un plazo de dos días.
3.- Minuta Conclusiones (seguimos hablando de procedimiento Ordinario Civil): Si tu demanda o contestación no tiene mucha complicación ni prueba, va a ser sencillo "sostenellas". En caso contrario, las conclusiones pueden ser muy enrevesadas, a menos que lleves todos los puntos sobre los que versa el litigio bien claros, ordenados, y la prueba practicada incardinada en esos puntos, para sostener tu posición. Todos los presentes tomarán nota de las declaraciones practicadas, pero cada quién las interpretará a su modo y/o conveniencia, por lo que es importante que tu valoración quede clara en Conclusiones. Y la Minuta te ayddará a expresarlo con claridad.
4.- Huelga decir que debemos dejar bien claros todos y cada uno de los puntos sobre los que versa nuestro "petitum", a fín de que el Juzgador pueda resolver sobre ellos y obtengamos una sentencia, que pueda gustarnos más o menos, pero que sea congruente y responda a todas las cuestriones planteadas.
Y es que, la Justicia no es sólo "cosa" del Juzgador: si no tenemos claro lo que queremos ni cómo llegar a ello, el Juzgado no tiene bola de cristal para adivinar y navegar entre los entresijos de nuestra mente y la de nuestro cliente.
En suma: la Minuta es un presupuesto vital para acercarnos a nuestro "Happy End".
Pero las cosas han cambiado desde el "aluvión" de demandas de cláusula suelo, gastos de constitución de hipoteca, tipos y demás. Es lógico que los Juzgados especializados se vean desbordados; y la Minuta no sólo ayuda al Juzgador en su labor, sino que nos ayuda a los profesionales a hacer llegar a aquél, con la mayor precisión, lo que pedimos, cómo y porqué, y los medios que vamos a usar para hacer llegar a esa convicción, y no a la del contrario.
A veces solemos pensar que con una demanda estupendísimamente redactada, subrayada, "iluminada" y destacada en las partes que más nos importan "salten a la vista", queda todo el trabajo realizado. Bueno. y la prueba, claro (porque sin prueba, da lo mismo que nuestra elocuencia sea digna de Cicerón). Y podemos quedarnos cortos, muy cortos.
Porque, amén de que las Minutas están siendo solicitadas en todos los órdenes jurisdiccionales, lo cierto es que resultan de gran ayuda al Juzgador cuando el tema y su prueba resultan tan omplicados que nuestra demanda puede verse desde fuera como un auténtico galimatías.
Por tanto:
1.- Es conveniente llevar Minuta y aportar copias en Audencia Previa: De esta manera queda clara para el Juzgador y las partes la prueba que se propone y su justificación.
Un apunte: No se suele declarar pertinente la prueba testifical de de personas sin identificar "porque se desconocen sus datos". No así, sin más, porque siempre podemos solicitar que la persona en cuestión sea identificada por la parte contraria, si es que tiene o ha tenido relación con ella. Por ejemplo: empleados de Banca que en su día tramitaron un concreto préstamo hipotecario.
2.- Aquí, en Oviedo, en Ordinarios relativos a clásuula suelo, te van a exigir Minuta de prueba. Si no la llevas, se te exigirá que la presentes dentro de un plazo de dos días.
3.- Minuta Conclusiones (seguimos hablando de procedimiento Ordinario Civil): Si tu demanda o contestación no tiene mucha complicación ni prueba, va a ser sencillo "sostenellas". En caso contrario, las conclusiones pueden ser muy enrevesadas, a menos que lleves todos los puntos sobre los que versa el litigio bien claros, ordenados, y la prueba practicada incardinada en esos puntos, para sostener tu posición. Todos los presentes tomarán nota de las declaraciones practicadas, pero cada quién las interpretará a su modo y/o conveniencia, por lo que es importante que tu valoración quede clara en Conclusiones. Y la Minuta te ayddará a expresarlo con claridad.
4.- Huelga decir que debemos dejar bien claros todos y cada uno de los puntos sobre los que versa nuestro "petitum", a fín de que el Juzgador pueda resolver sobre ellos y obtengamos una sentencia, que pueda gustarnos más o menos, pero que sea congruente y responda a todas las cuestriones planteadas.
Y es que, la Justicia no es sólo "cosa" del Juzgador: si no tenemos claro lo que queremos ni cómo llegar a ello, el Juzgado no tiene bola de cristal para adivinar y navegar entre los entresijos de nuestra mente y la de nuestro cliente.
En suma: la Minuta es un presupuesto vital para acercarnos a nuestro "Happy End".
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